Calculadora de Cuota Alimentaria

Estima la cuota alimentaria segun ingresos, cantidad de hijos y jurisprudencia argentina vigente (Codigo Civil y Comercial, arts. 658-670).

Datos del alimentante (obligado)

Datos del/los hijo/s

Complete estos campos si desea comparar la estimacion porcentual con los gastos reales.

Cuota escolar, materiales, uniforme
Obra social, medicamentos
$ 0

Base legal de la cuota alimentaria en Argentina

Normativa aplicable

Codigo Civil y Comercial de la Nacion (CCyC), articulos 658 a 670 (obligacion alimentaria derivada de la responsabilidad parental) y articulos 541 a 542 (alimentos entre parientes).

Que incluye la cuota alimentaria (art. 659 CCyC)

Obligados al pago

Ambos progenitores estan obligados a prestar alimentos a sus hijos en proporcion a sus ingresos (art. 658 CCyC). La cuota se determina considerando las necesidades del hijo y los recursos del alimentante.

Incumplimiento

El incumplimiento de la obligacion alimentaria configura el delito previsto en la Ley 13.944 (incumplimiento de los deberes de asistencia familiar), con pena de prision de un mes a dos anios o multa.

SAC (Sueldo Anual Complementario / Aguinaldo)

La cuota alimentaria tambien se aplica sobre el aguinaldo. El alimentante debe abonar la cuota proporcionalmente sobre cada cuota del SAC.

Actualizacion

Las cuotas alimentarias deben ser actualizadas periodicamente para reflejar la variacion del costo de vida. En la practica, se suelen acordar clausulas de actualizacion automatica vinculadas a indices como el IPC, el indice de salarios o la canasta basica.

Aviso legal: Esta herramienta es meramente orientativa y no constituye asesoramiento juridico. Los montos calculados son estimaciones basadas en parametros generales de la jurisprudencia argentina. El monto final de la cuota alimentaria es determinado por el juez interviniente, quien tiene amplia discrecionalidad considerando las circunstancias particulares de cada caso. Consulte con un abogado especialista en derecho de familia para su situacion particular.